El 28 de septiembre de 1844, el Congreso Constituyente reunido en San Cristóbal desaprueba un contrato de empréstito que para su examen le sometió la Junta Central Gubernativa.
Esta desaprobación fue causa de que se alterara la “armonía”
entre el Congreso y la Junta.
Hallándose el Congreso ocupado en las tareas
preparatorias de su reglamento interior y del proyecto de Constitución, se
produjo el primer rozamiento entre ese cuerpo legislativo y la Junta, con
motivo de haberle remitido el organismo que ejercía las funciones del Poder
Ejecutivo un proyecto de empréstito a los constituyentes para que, actuando
como Congreso ordinario, conociesen de él y le diesen su aprobación.
La citada operación financiera había sido convenida
entre el súbdito inglés Herman Hendrik, "vecino de la ciudad de
Londres" y tres representantes nombrados por la Junta Central Gubernativa
[Rafael Servando Rodríguez, Norberto Linares y Toribio López Villanueva], por
la cantidad de 1,500,000 libras esterlinas, pagaderos en treinta años al 5% de
interés anual; operación que fue rechazada por el Congreso por considerarla
demasiado usuraria y excesivamente perjudicial para la Nación.
La votación en contra del proyecto enviado por la
Junta fue unánime. Santana nunca consideró la posibilidad de un rechazo y su
indignación al tener conocimiento de la decisión del Congreso se manifestó por
medio de un decreto [del 11 de octubre de ese año] de la Junta Central
Gubernativa, de acuerdo con el cual este organismo se atribuía la facultad de
enjuiciar a los legisladores por el crimen de traición a la Patria, y cuyos
términos les fueron comunicados a los constituyentes, advirtiéndoles que desde
aquel momento el organismo que ejercía las funciones del Poder Ejecutivo,
"... asumía en sí todos los poderes hasta que fuera sancionada la
Constitución y que, por consiguiente, la Asamblea debía limitarse a sólo la
formación del Pacto Fundamental del Estado, haciéndola responsable de los
perjuicios que pudieran resultar a la Nación si persistía en sus
propósitos".
Esta actitud de la Junta llenó de alarma a los
constituyentes por lo que el Diputado Buenaventura Báez, planteando la cuestión
vital de inmunidad de los legisladores, sometió el día 17 del corriente una
moción que, al ser aprobada por la Asamblea, dio origen a una declaración
consagrando la inviolabilidad de los miembros del Congreso Constituyente.
De allí en adelante los constituyentes pusieron gran
cuidado en redactar una Carta que restringiera las facultades del Poder
Ejecutivo
Texto: J. Marcano
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